MEDIDAS DE CARÁCTER ECONÓMICO, FINANCIERAS Y TRIBUTÁRIAS:

 

Moratoria de la deuda hipotecaria de adquisición de la vivienda habitual, para trabajadores, familias y colectivos vulnerables.

Definición situación vulnerabilidad económica:

  • Deudor hipotecario pase a situación de desempleo o, si es empresario o profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o ventas.
  • Que el conjunto de los ingresos de la Unidad Familiar, en el mes anterior a la moratoria, el límite de 3 veces el IPREM.

Se deberá estudiar cada caso individualmente, ya que existirá una ponderación del IPREM en función de los hijos a cargo, familias monoparentales, porcentaje de la cuota hipotecaria sobre los ingresos de la familia, etc.

Líneas de avales por cuenta del estado para la financiación a través de entidades financieras a empresas y autónomos:

Liquidez adicional a las empresas (pymes y autónomos) a través de Líneas ICO, en especial para el sector turístico (transporte, hoteles, servicios de comidas, restaurantes, agencias viajes, etc).

Aplazamientos en el ámbito tributario.

  • NO se suspenden ni se modifican los plazos de la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias
  • Se amplían hasta el 30 de abril o hasta el 20 de mayo (consultar cada caso):
    • Los vencimientos de plazos de fraccionamientos concedidos.
    • Los plazos para atender requerimientos, alegaciones etc.
    • No se procederá a la ejecución de garantías sobre bienes inmuebles.
  • Se mantienen las novedades especificadas sobre posibles aplazamientos sin garantías, para personas o entidades con volumen de operaciones inferior a 6.010.121,04€ durante el año 2019, de todas aquellas declaraciones a presentar hasta el día 30 de mayo (ver flash tt día 16 de marzo). Plazo 6 meses e incluye impuestos hasta ahora NO aplazables.

Adjuntamos link a la página de preguntas frecuentes de la AEAT sobre el RDLey 8/2020.

Recordar también, las medidas urgentes aprobadas por el Govern de la Generalitat de Catalunya:

  • La medida estrella de una ayuda de 2000€ para los trabajadores autónomos, a los que se les ha decretado el cierre, y que acrediten una reducción drástica e involuntaria de su facturación. Se podrá solicitar a partir del 1 de abril y NO incluye a Autónomos Societarios.
  • Líneas de financiación a través de ICF y Avalis con garantía de la Generalitat por el 75% del principal.

Otros:

Para ampliación de información, podéis consultar las distintas publicaciones que iremos publicando en el apartado de circulares de nuestra web.

Link a https://abac.cat/gestor-documental/ para descarga de:

  • Acuerdo tele trabajo COVID-19.
  • Cuestionario Autoevaluació Teletrabajo (prevención de riesgos).
  • Flash tt editados por la APTTCB.
  • Modelo certificado desplazamientos COVID-19.

Si deseas más información sobre los servicios especiales COVID-19 que ofrecemos a pymes y autónomos, o necesitas gestionar alguna situación puntual, contacta con nosotros o llámanos al 937369860

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